Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: LAURA ANDREINA DELGADO LINARES, venezolana, de treinta y Cinco (35) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.784.147 Teléfono 04245143519, domiciliada en el Caserío Campo Alegre de la Población de Barrancas Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas y JOSE ANTONIO FLORES ARMARIO, venezolano, mayor de edad, de profesión Vigilante de la casa del Niño Barranqueño, titular de la cédula de identidad N° V-18.838.128, domiciliado en el Sector 12 de Octubre, Calle España con Avenida Palacio Lozano, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, en los términos por ellos .....