En virtud de los anteriores razonamientos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre:
Un apartamento propiedad de la demandada, ciudadana: María Teresa Aranguren Sosa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.960.291, distinguido con la letra y número B-13, ubicado en el piso 1 (ala Izquierda), del edificio identificado como Torre B, que forma parte del Conjunto Residencial "El Dorado Country Club", identificado con el código catastral 06-04-06-46-J31-56-25-48-32, con un área de ochenta y seis con cinco metros cuadrados (86,50 mts.²) y comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Calle 1; Sur: Área central; Este: Apartamento B-14 y Oeste: Calle 2, según consta en documento protocolizado por ante la Oficina de .....