DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio, ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA SUSPENSIÓN CONSICIONAL DEL PROCESO, a favor del acusado: JUNIOR IDELSO CASTRO NADALES, anteriormente identificado, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por imputársele la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA y VIOLENCIA PSICOPOGICA, previsto y sancionado en los Artículos 17 y 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana Leiby Yadira Pernía Orozco.