DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN formulada por las partes, en el presente juicio de EJECUCION DE HIPOPTECA, intentada por el abogado GERARDO CHAVEZ CARRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.365, en su carácter de apoderado judicial del BANCO MERCANTIL C.A., (Banco Universal) en contra de los ciudadanos: RAIMUNDO ENRIQUE QUIÑONES CASTELLANO y CARMEN DOLORES SOTO DE QUIÑONES anteriormente identificados en autos. En consecuencia, se acuerda suspender la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 11-05--04, la cual riela al folio 5 del cuaderno de medidas del presente expediente y ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno de los Municipios Pedraza y Sucre del Estado Barinas. Líbrese oficio. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los ve.....