Seguidamente y oída la exposición de la parte actora, este Tribunal lo acuerda de conformidad cuanto ha lugar en derecho, ordena suspender la presente Medida de Embargo Preventivo y ordena el regreso a su Sede de origen siendo las 2:30 p.m. Por último el Tribunal deja constancia para el cumplimiento de su misión se hizo acompañar de una comisión de la Zona Policial N° 2 de Santa Bárbara de Barinas; integrada por los funcionarios: Distinguidos: Yoryi Contreras y Fabriciano Peña Hernández, titulares de las cédulas de identidad Números: V-15.121.916 y V-10.087.830, placas Nros: 14.44 y 0837 en su orden. L.S.- El Juez (Fdo) Firma Ilegible.- El Notificado (Fdo) Firma Ilegible.- El Depositario Provisional y Perito Avaluador. (Fdo). Firma Ilegible.- El Abogado Actor (Fdo) Firma Ilegible.- La Representante del Consejo de Protección. (Fdo) Firma Ilegible.- La Comisión Policial (Fdos) Ilegibles. La Secretaria. (Fdo). Firma Ilegible.-