este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que la adolescente supra identificada, fue sancionada por la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y OCULTAMIENTO DE ARMAS BLANCAS, previstos en el artículo 458 en relación con los artículos 83 y 277, todos del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de la ciudadana; INES ESTELA MARTINEZ y EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir las medidas previstas en los artículos 620 literal “b” y “d” en concordancia con los artículos 624 y 626 de la ley especial que regula la presente materia, que consisten en: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida del adolescente, obligándose a cumplir con las siguientes obligaciones o prohibiciones: 1.- Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de su hermana y representante, ciudadana;.....