DECISIÓN
Este Tribunal de Control N° 05, por todas las razones anteriormente expuestas, habiendo verificado el cumplimiento total del acuerdo reparatorio al cual habían llegado las partes en su oportunidad, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Admite la acusación fiscal y los medios de pruebas ofrecidos por ser lícitos, pertinentes y necesarios. SEGUNDO: APRUEBA Y HOMOLOGA EL ACUERDO REPARATORIO celebrado en esta audiencia entre el imputado EINNER ADRIAN ORTIZ PALACIOS, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N ° 14.172.614, fecha de nacimiento 30-04-79, de ocupación joyería, natural de Barinas Estado Barinas, y es hijo de Graciela Palacios Orozco (v) y Einner Antonio Ortiz Luna (v), residenciado en el Barrio y la victima ciudadano JOSÉ RAFAEL MORENO GIL, venezolano, mayor de edad, nacido el 19/06/61, residenciado en la Urb. Los Pomelos, calle D, casa N° 76, Barinas, verificando que las partes prestaron.....