este Tribunal de Ejecución Ordena: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión de los delitos de: HURTO SIMPLE, previsto en el artículo 453 único aparte del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER PERNIA PEREIRA, a cumplir las medidas previstas en el artículo 620 literal “b” y articulo 624, de la ley especial que regula la presente materia, que consisten: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida del adolescente, se obliga a cumplir con las siguientes normas: 1. Prohibición de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 2. Prohibición de portar arma de fuego ni armas blancas. 3. Consignar constancia de trabajo. Esta medida será cumplida por el lapso de SEIS (06) MESES. Se establece que el adolescente fue sancionado en fecha 01/02/2008, iniciando en forma inmediata el cumplimiento.....