DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto porla profesional del derecho Thais C Trujillo Vilchez, actuando en su carácter de Defensora Privada de la ciudadana Jenny Aura Fereira Moya, en contra de la decisión Nro. 2993-06 de fecha 27.09.2006, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se decretó las medidas de Prohibición de enajenar y gravar sobre un inmueble registrado el día 09.11.2005, bajo el No. 38, Protocolo 1, Tomo 21 del Registro Inmobiliario del Tercer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
Regístrese, publíquese.
LOS JUECES PROFESIONALES,
LEANY BEATRIZ ARAUJO RUBIO
Presidenta
NINOSKA BEATRIZ QUEPO BRICEÑO LUZ MARÍA GONZÁLE.....