En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de nacimiento de la ciudadana NORMA CACILDA MEJIAS BARRIOS, representada por la abogada: VILMA NAIR GUILLÉN, asentada por ante por la oficina de Registro Civil de la Parroquia Ignacio Briceño Méndez del Municipio Pedraza estado Barinas, bajo el número diecisiete (17) de fecha once (11) de Abril de mil novecientos sesenta. Así se decide.-
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena sea rectificado el nombre de la ciudadana: ANA TERESA BARRIOS DE MEJIAS, siendo lo correcto TERESA BARRIOS DE MEJIAS y no ANA TERESA, como equívocamente aparece en el acta la madre de la soli.....