Este Tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficientes en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones contestes y apreciables de los testigos evacuados por ante este Juzgado, ciudadanos: CARMEN ELIZA TOVAR DE PEREZ Y CARMEN AURORA CASTRO QUINTERO, suficientemente identificados; y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que el extinto no ha tenido otra descendencia, ni legítima, ni natural, en consecuencia considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, para declararlos como Titulo Asegurativo al derecho que le asiste a la ciudadana: CARMEN DIONISIA AGUIAR DE SIERRE, en su condición de esposa y a los ciudadanos: FRANK OMAR, ALBA LEONOR, YRIS MARGARITA (fallecida), NADIR ESTELA, ZENIA ESTELA, GIOMARO CLEMENTE (fallecido), LANIA SOLEIL, ALLAN JAVIE.....