PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: LUIS RAMON ALTUVE LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.142.636, en contra de la empresa INVERSIONES LLANERAS C.A. , anteriormente identificada.
SEGUNDO: Se condena a la demandada, antes identificados, a pagar al demandante la cantidad de CIENTO CUARENTA Y DOS MIL NOVENTA BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 142.090,48); más lo determinado según la experticia complementaria del fallo, y la corrección monetaria y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo por despido del trabajador indicado en la parte Motiva de la presente decisión.
TERCERO: No se condena en costas a las partes demandadas por no estar totalmente vencidas, por interpretación en contrario del Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.