En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Cuarto Agrario, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION A LA TRANSACCION, suscrita por las partes por medio de documento autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Barinas, de fecha 26 de Mayo de 2005, bajo el N° 66, Tomo 48 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría,