De la decisión
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar la demanda de nulidad incoada por la Fundación Misión Barrio Adentro contra la providencia administrativa número 0143-2013, dictada por el Inspector del Trabajo del Estado Barinas el 14 de febrero de 2013 en la denuncia de infracción de derechos y restitución de los mismos interpuesta por la ciudadana Madelín Yuleibby Pérez, titular de la cédula de identidad número V.-18.226.057, en contra de la fundación. Segundo: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo. Tercero: Se ordena librar exhorto a los fines de notificar al Procurador General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgá.....