CALIFICA COMO FLAGRANTE, la Aprehensión del imputado Jesús Yohao Azuaje Olivero, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 19.191.935, nacido en fecha 12/09/1988, de 19 años de edad, natural de Barranca dice ser hijo de Clisbeida Olivera (v) y Jesús Román Azuaje (v), y con residencia en la Urbanización Avenidas las flores casa sin N° cerca de la bodega don Luis y del callejón campuelias del Barrio el retruque; por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSOCOTROPICAS; previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; en perjuicio del Estado venezolano, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA ha dicho imputado por la comisión del delito ut supra señalado, cumplidos como están los presupuestos exigidos en el artículo 250 ordinales 1º y 2º de la Ley Adjeti.....