Los adolescentes, fueron sancionados en fecha 25 de Julio de 2012, con las Medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con los artículos 620 literales "b" y "d", 624 y 626, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 458, en concordancia con el artículo 83, ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana LILIANA MOLINA RIVERA. Se determina que los adolescentes sancionados fueron detenidos por el hecho punible en fecha 14 DE JUNIO DE 2012, por lo que permanecieron privados de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de UN (01) MES Y DIEZ (10) DIAS; que de la sanción han cumplido hasta el día de hoy, VEINTISIETE (27) DIAS y así mismo que les falta por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y TRES (03) DIAS, también se establece que la sanción CULMINARIA el día 25 DE JULIO DE 2014......