D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por RECURSO DE NULIDAD, incoada por el ciudadano RAMON DE JESUS DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.476.512 en contra del SINDICATO UNICO DE EMPLEADOS PUBLICOS DEL ESTADO BARINAS (SUEP-BARINAS), representada por el ciudadano ADALBERTO DAVILA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-9.266.975, en su carácter de Secretario General.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Toda vez que después de transcurrido íntegramente el lapso para dictar el presente fallo, comenzará a transcurrir el lapso para que las partes ejerzan lo recursos que a bien.....