Con fundamento en las razones de Hecho y de Derecho antes expuestas, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad que le confiere la Ley, DECRETA: LA CESACIÓN de las Medidas de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo previsto en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y así mismo la plena Libertad al joven: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por el cumplimiento total de la Sanción impuesta. Notifíquese a las partes de la presente Decisión. Ofíciese a los Organismos pertinentes. Notifíquese a las Partes de la presente Decisión. Una vez firme y cumplido el Lapso de Ley, remítase la presente Causa al Archivo de Asuntos en Trámite del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas para su Guarda y Custodia y quien en su debida Oportunidad L.....