Ahora bien, encontrándose la presente causa dentro del lapso para emitir el dispositivo correspondiente, y de la revisión del expediente, considera quien aquí juzga que se hace necesario los antecedentes administrativos del hoy querellante; por tal razón este Órgano Jurisdiccional de conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa acuerda dictar Auto para Mejor Proveer en la cual ordena oficiar al ciudadano Director del Cuerpo de Policía del Estado Barinas, a los fines de que remita a la brevedad posible copias fotostáticas certificadas de lo antes señalado, todo con la finalidad de dictar una decisión ajustada a derecho, de conformidad con el artículo 514 ordinal 2º del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente al caso bajo estudio de acuerdo a lo previsto en el artículo 111 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Asimismo se le indica que en caso de no consignar lo solicitado se decidirá con los el.....