DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los ciudadanos Guillermo Bohórquez Hernández y María Luisana Rangel Ramírez, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Alfredo Arvelo Larriva del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 23 de julio de 1997, según se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio Nº 20.