Por todo lo antes expuesto este Tribunal, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se decreta la aprehensión en Flagrancia del ciudadano: OSCAR ENRIQUE BRICEÑO ZABALA, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.057.828, visto que esta juzgadora estima que el referido ciudadano fue aprehendido bajo las circunstancias establecidas en el articulo 93 de la Ley Especial, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 ejusdem, cometido en perjuicio de B.C.A (Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se acuerda continuar con el procedimiento especial previsto para los delitos de género, previsto en los artículos 12, 79 y 94 ejusdem. TERCERO: Se acuerda lo solicitado por la fiscalía del ministerio público y decreta a favor de la víctima: B.C.A (Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 segundo aparte d.....