En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y en concordancia con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia Vinculante Nº 693, dictada en fecha dos (02) de junio del año dos mil quince (2015), Expediente Nº 12-1163, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Formulada por los ciudadanos Dillys Dilermi Farias y Dases Escalona del Rio, la primera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.191.319, con domicilio en la Urbanización Los Acacios, Calle 1, Casa Nº 13, Parroquia Ramón Ignacio Méndez Municipio Barinas Estado.....