PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 26 de Octubre del 2006, por la abogado en ejercicio DULCE MARIA SALAZAR DE PUCCINI, actuando en su propio nombre y asistiendo al ciudadano RAMON ALBERTO PUCCINI PARRA, en su condición de codemandados.
SEGUNDO: CONFIRMA el auto dictado en fecha 20-10-2006, por el Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. En consecuencia se declara sin lugar la reposición solicitada mediante escrito de fecha 13-01-2006, por la abogado en ejercicio DULCE MARIA SALAZAR DE PUCCINI.
TERCERO: No se condena en costas a la parte perdidosa por cuanto este Juzgador tuvo motivos racionales para litigar y por tratarse de una materia especial como lo es la materia agraria de un gran contenido social.
CUARTO: No se notifica a las partes, por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso legal.