Por tales razones antes expuestas, este Tribunal de de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Niega el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva menos gravosa solicitada en fecha 12 de marzo de este año 2004, por el defensor Miguel Angel Lugo Dominguez y en consecuencia, se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Yorwin Alexis Betancourt. Notifíquense a las partes de la presente decisión.
El Juez
La Secretaria
Abg. Gabriel Ernesto España Guillén Abg. Carolina Sosa.