Por los fundamentos expuestos este JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Homologado el Acto Procesal de Transacción presentado por el abogado JOSE LUIS ARMAS BARRIENTOS, apoderado judicial de la parte actora, y por otra parte, el ciudadano el ciudadano EDUARDO SANTIAGO GOMEZ PEÑA, asistido por el abogado NESTOR RAMIREZ ROMERO parte demandada, dándole el carácter de cosa juzgada y se abstiene de archivar el expediente. Así se decide.-