DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, : Condena por el Procedimiento de Admisión de los Hechos, de conformidad con el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, al Acusado CARMELO JESUS MIGUEL GONZALEZ SANOJA, venezolano, natural de San Carlos Estado Cojedes, nacido en fecha 13-04-46, de 60 años, quien dice ser Titular de la Cedula de Identidad N° V-1.039.622, hijo Juan Miguel González Soto (f) y Carmen Sanoja de González (f) y residenciado en la Avenida Orlando Araujo Campo la mesa, casa N° 918 Barinas Estado Barinas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de CONCUSION, previsto y sancionado en el Artículo 60 de la Ley contra la Corrupción, cometido en perjuicio de los ciudadanos RAMÓN ANTONIO APONTE RODRÍGUEZ, D.....