En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por el Ciudadano GERARDO ALI BUENAVER CARO, en contra de los Ciudadanos: GUZMAN NIEVES y JAQUELINE DIAZ ALTUVE, identificados en autos.
SEGUNDO: En consecuencia se ordena a los demandados hacer entrega, sin plazo alguno del inmueble arrendado consistente en una casa para habitación de su propiedad, ubicada en la Urbanización Piñalidueña, calle 2, casa N° 10-59 de Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas.
TERCERA: Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTA: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de l.....