En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N ° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Se decreta como FLAGRANTE LA APREHENSION DEL IMPUTADO EDIXON ALEXANDER MAGGIORANI GUERRERO, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 16.127.812, de 24 años de edad, natural de Barinas, Estado Barinas, estudiante, actualmente se desempeña como docente de aula en la Escuela Estadal Unitaria S/N Las Parrillas, residenciado en la comunidad, Urb, José Antonio Páez, sector 3, etapa 2, casa n° 5, Barinas, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Física y Violencia Psicológica, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 en su segundo aparte respectivamente de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en.....