este Tribunal de Ejecución, ORDENA: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión del delito de: APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del ciudadano JOSE GREGORIO BLANCO, a cumplir la medida prevista en el artículo 620 literal “b”, en relación a lo previsto en el artículo 624 de la ley especial que regula la presente materia, que consisten: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida del adolescente, obligándose a cumplir con las siguientes normas: 1.- Prohibición de portar armas de fuego, sin su debido permiso. 2.- Prohibición de consumir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3.- Obligación de consignar constancia de trabajo ante el tribunal de ejecución en el lapso de treinta (30) días. La medida impuesta será cumplida en forma inmedi.....