II
DECISIÓN
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior del Trabajo tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abogado Jesús Paris actuando como Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Barinas
SEGUNDO: Remítase las presentes actuaciones a la URDD de esta Coordinación Laboral del Estado Barinas a los fines de que sea distribuida entre los Juzgados de Juicio de esta Coordinación a los fines de que continúen sustanciando la causa N° EH11-L-2002-000002
Publíquese, cúmplase con lo ordenado y remítanse copia certificada de estas actuaciones al Juez inhibido para su archivo y original para ser agregado al expediente.
Regístrese, publíquese, expídanse las copias de ley, y r.....