... este juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Laboral del Estado Barinas, se declara incompetente para conocer de la misma, en virtud de lo expresamente contemplado en el artículo 199 eiusdem, por lo que en consecuencia declina la competencia en el Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. ASÍ SE DECIDE.
La Juez
Abog. ATILIA VALENTINA OLIVO GOMEZ
La Secretaria
Abog. PILAR MERLO