Es por todos los razonamientos tanto de hecho como de derecho antes expuesto, que este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda propuesta por el ciudadano: EDUARDO SEGUNDO MORAN PAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.158.688, domiciliado en la calle principal, sector el centro, casa Nro. 98, El Cantón, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas, en contra del ciudadano: FREDDY ARMANDO SANCHEZ FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.635.879, domiciliado en la calle 3, entre carrera 3 y 4, al lado de la Escuela Bolivariana General Pedro Briceño Méndez, El Cantón, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas. Se condena al demandado a pagar la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y.....