En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se Declara la perención de la instancia, y en consecuencia extinguido el proceso, en el juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, intentado por los abogados en ejercicio José Trinidad Rojas Urquiola y Consuelo María Ramírez Balza, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.385.673 y V- 8.137.756 respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 147.343 y 140.133 en su orden, quienes actúan en su carácter de endosatarios en procuración del ciudadano Sandro Matos Pérez, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.614.486, de este domicilio, en su condición de propietario de la firma unipersonal denominada Perfumerí.....