En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: Primero: Como flagrante la aprehensión de los ciudadano WILLIAN JOSE SALCEDO SOLER, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-13.278.596, maestro de construcción, nacido el 10/11/1973, hijo de Yajaira Coromoto de Salcedo Soler (v) y de José Martín Salcedo (F), residenciado en Barrio Bellas Vista, entre carrera 5 y 6, calle 20, casa N° 45-99, como a 200 metros del Abasto Julito, Barinitas Estado Barinas. Maracaibo Estado Zulia, Santa Cruz de Mara, sector El Chorro, calle N° 13, casa S/N, de color azul con blanco, al frente de la Bodega San Benito, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia en perjuicio de la ciud.....