D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE REINALDO QUINTERO ERAZO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.194.049 contra la Sociedad Mercantil "BGP INTERNATIONAL OF VENEZUELA, S.A.", y solidariamente contra la Sociedad Mercantil PDVSA, PETRÓLEO S.A.
En consecuencia, se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (BS. 362,15). Así como, los intereses de mora y la corrección monetaria en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria del fallo.
Dada la anterior declaratoria.....