Se Declaro: Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Gregorio Canizalez Morales en su condición de Defensor Público, contra la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 26 de junio de 2.014, por el Tribunal Primero en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Se Confirma la decisión dictada en fecha 26 de junio de 2.014, por el Tribunal Primero en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al acusado Víctor Fernando Gutiérrez Bustamante, a cumplir la pena de veinte (20 )años de prisión, mas las accesorias del artículo 16 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de Homicidio Calificado con Alevosía en la Ejecución de un Robo en Grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2° en relación con el 83, ambos del Código Penal, en perjuicio de Rubén Darío Quintanilla Barrera (occiso).