este Tribunal de Ejecución Ordena: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. Se determina que el adolescente antes identificado fue declarado penalmente responsable y sancionado en fecha 03/05/2007, con la medida de PRIVACION DE LIBERTAD prevista en el artículo 620 literal “f” en concordancia con el artículo 628 de la ley especial que regula la presente materia, por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto en el artículo 5 en relación con el artículo 6 numerales 1 y 2 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en perjuicio del ciudadano Luis Esteban Zambrano Cárdenas. Se establece que el adolescente fue detenido en fecha 19/03/2006, ha permanecido privado de su libertad hasta la presente fecha, por lo que de la sanción impuesta ha cumplido, UN (01) MES Y DIECISIETE (17) DÍAS, y le falta por cumplir UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES Y TRECE (13) DÍAS, por lo que se establece qu.....