En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolivar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. En Barinitas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: El ciudadano JEAN CARLOS AVILA BRICEÑO, se compromete en aportar, la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1.000, oo) Mensuales, por concepto de obligación de manutención, en beneficio de su hija, los cuales depositará a la Cuenta de Ahorros, perteneciente a la Madre de la niña ciudadana ISBELIZ RINCON GUILLEN, en la Entidad Bancaria "Banco Bicentenario", signada con el Nro. 0175-0092-930060577975.
SEGUNDO: Un bono especial por concepto de Bonificación Escolar, por la cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,00), en el mes de septiembre, para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares del niño.
TERCERO: Un.....