D E C I S I O N
En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara Extinguida la Instancia por haber operado la Perención a tenor de lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION A COMPRA, presentada por la abogada en ejercicio ADRIANA ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.228, en su carácter de apoderada de la ciudadana: LIRIA COROMOTO PAREDES PAREDES, en contra del ciudadano: FRANCISCO ARMANDO HERNANDEZ GONZALEZ, anteriormente identificados.
Se ordena notificar a las partes a través de Cartel de notificación que se fijará en la cartelera de este Tribunal de conformidad con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, concediéndosele el lapso de diez (10) días, a partir de su publica.....