En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO por incumplimiento de las obligaciones arrendaticias previstas en el contrato de arrendamiento, intentada por el ciudadano: JOSE ANTONIO BOLIVAR VEGA, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.840.990, contra la Sociedad Mercantil "SUPER RED 416, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, anotado bajo el Nº 52, Tomo 5-A, de fecha 14 de marzo de 2.007, representada legalmente por el ciudadano: LUIS CARLOS VILLA VILLAMIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.955.700.
SEGUNDO: Se ordena la entrega material en forma real y efectiva, libre de .....