Así mismo se procede a dejar constancia que la parte actora RUBEN DARIO PEREZ DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.801.332, no compareció a la realización de la audiencia preliminar ni por si misma ni por medio de Apoderado Judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Se ordena CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 196 °.
La Juez
Abg. Ruthbelia Paredes Los Comparecientes:
Rpte de la Dda:
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