Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Vista la solicitud de declinatoria de competencia realizada por la defensa pública de autos en fecha 22/07/08, correspondiente al folio 170, es por lo que se acuerda con lugar declinar la competencia de conformidad con lo establecido en el articulo 631 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el articulo 77 del Código Orgánico Procesal Penal en el Tribunal de Ejecución en materia de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial de la Ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines de que vigile el cumplimiento de la medida impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY. Se acuerda librar lo conducente. Las partes quedan notificad.....