En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Califica como Flagrante la Aprehensión del imputado Rilbert Jesús Angarita Pantoja, por la presunta comisión de los delitos de delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA Y LESIONES DE TIPO BÁSICO previstos y sancionados en los artículos 460, 278 y 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NELSON ENRIQUE ARAUJO y el Orden Público. SEGUNDO: MEDIDA DE PRIVACION PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado RILBER JESUS ANGARITA PANTOJA, venezolano, mayor de edad, de 21 años de edad, nacido en fecha 07-02-1983, titular de la cédula de identidad N° V-15.670.828, natural de Barinitas, soltero, de ocupación obrero, domiciliado en el Sector Parangulita, carrera 9, entre Calles 3 y 4, casa Nro. 3-33. de la Población de Barinitas del.....