Por cuanto siendo las 3:30 p.m., del día de hoy, veinticuatro de enero del año dos mil once (24-01-2011), han concluido las horas de Despacho para la presentación de los Informes y se observa que solo la parte actora hizo uso de tal derecho, se deja constancia que a partir de hoy, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes si así lo deciden presenten OBSERVACIONES ESCRITAS sobre los informes presentados.