Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara REVOCADA la decisión de fecha 08 de septiembre de 2009, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos JEAN YSMAEL PALACIOS MORA, CARLOS GIOVANNY PABÓN MÁRQUEZ, JOSÉ ESTEBAN OGLIASTRI SUÁREZ, JAVIER ALEXIS NIÑO SUÁREZ, LUZ MARIBEL MARTÍNEZ CHACÓN, LUIS GERARDO GOYENECHE FIGUEROA, NORA DEL VALLE DUGARTE RANGEL, MARGIORY NELAY ORTÍZ DUQUE, LUZ AMELIA SANDOVAL GÓMEZ, YORDANA LUISANA RIVERA VILLAMAR y LUISADA CAROLINA CÁCERES CHACÓN, titulares de la cedula de identidad Nros. 12.813.024, 13.762.693, 5.654.186, 13.792.....