En virtud de los razonamientos precedentes, este Tribunal del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: declara CON LUGAR la DEFENSA DE FONDO invocada por la parte demandada (Estación de Servicios los Venezolanos C.A).
SEGUNDO: Se Declara SIN LUGAR LA DEMANDA de Cobro de Bolívares por Prestaciones Sociales y otros conceptos, intentada por el ciudadano Mario José Briceño Rivero, en contra de la Estación de Servicios los Venezolanos C.A, ambos anteriormente identificados en el texto de la presente decisión.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencido en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se ordena Notificar a las partes de la presente decisión mediante boleta librad.....