declara como únicos y universales herederos del de-cujus José Augusto Ramírez Toro, a las solicitantes ciudadanas Hermes Ramírez de Benalcaceres y María Margarita Ramírez Toro, ya identificadas, así como a los ciudadanos Johana del Valle Ramírez Puche, Yoxi José Ramírez Puche, Wilmer Antonio Toro Ramírez y Francisco Arnoldo Toro Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.824.740, 17.831.209, 9.260.224 y 8.147.348 respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros.