DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, con fundamento legal en el artículo 256 Ord.9° del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por la Defensa Privada Abg. Edgar Matheus, a favor del acusado: CESAR HUMBERTO AREVALO no porta cédula de identidad, dice ser colombiano, dice ser titular de la cedula de ciudadanía N° 88.279.190, de 33 anos de edad, nacido el 21/01/1963 en Ocaña Colombia, hijo de Reina Digna Arévalo (F) y de Moisés Arévalo (F), domiciliado en Urbanización Alto Barinas Sur, Cafinca II, transversal 4, cerca de la casilla Policial, casa blanca N° 209, frente al tanque de agua, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancion.....