En corolario de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes se declara INCOMPETENTE para conocer de la demanda de contenido patrimonial interpuesta por el ciudadano Ismael Pérez Molina, titular de la cédula de identidad Nº 17.724.174, por intermedio de su apoderado judicial abogado José Candelario Hernández Riera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.544, contra la Empresa PDVSA Gas Comunal, S.A. Quedando así planteado en el presente caso un conflicto negativo de competencia, y de conformidad con lo previsto en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional solicita la regulación de competencia ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a la cual se ordena remitir el presente expediente.