DECISIÓN
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuesta, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CLEMENTE JOSE BARRUETA AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.9.259.970, de este domicilio y civilmente hábil y se condena a la parte demandada HALCONES ROJOS SEGURIDAD Y PROTECCION BARRIOS F.P., inscrita ante el Registro Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en fecha 13 de julio de 2015, bajo el Nro.21, Tomo 19-B., a pagar la cantidad de: TREINTA Y TRES MIL NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs.33.096,04) mas lo determinado según la experticia complementaria del fallo . No hay condenatoria en costas
Dada, firma.....